TÍTULO VII

DE LA RAMA EJECUTIVA

CAPÍTULO 7: DE LA FUERZA PÚBLICA

Artículo 218

La ley organizará el cuerpo de Policía Nacional. La Policía Nacional es un cuerpo armado permanente de naturaleza civil, a cargo de la Nación, cuya finalidad primordial es el mantenimiento de las condiciones necesarias para el ejercicio de los derechos y libertades públicas, y para asegurar la convivencia pacífica de los habitantes de Colombia.